Medidas tributarias y nuevos alcances a propuestas de gobierno

16 Abr 2026

Tras la cadena nacional del Presidente José Antonio Kast, anunciando la presentación al Congreso en los próximos días del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, y la difusión por parte del gobierno de antecedentes adicionales y precisiones relevantes acerca de su contenido, el debate tributario en Chile ha vuelto a copar la agenda.

A continuación revisaremos algunos de dichos antecedentes y precisiones, haciendo la salvedad de que ellos pueden experimentar ajustes y modificaciones durante la tramitación legislativa del referido proyecto de ley.

1. Rebaja gradual del impuesto corporativo

El proyecto contempla una reducción progresiva de la tasa del Impuesto de Primera Categoría aplicable a las empresas sujetas al régimen general, la que se rebajaría de un 27% actual a un 23% en 2029. La propuesta considera mantener la tasa del 27% para el año comercial 2026, y tasas del 25,5% para 2027, 24% para 2028 y 23% para 2029. En paralelo, las pymes mantendrían el régimen de reducción transitoria ya previsto en la legislación vigente, y en el año 2029 tendrían una tasa de 23%, al igual que las empresas del régimen general (tasa única).

Se trata de una medida orientada a mejorar la competitividad tributaria del país y a fortalecer los incentivos a la inversión.

2. Reintegración gradual del sistema tributario

El proyecto propone avanzar hacia una reintegración gradual del sistema, con el objeto de retornar a una integración total en el año tributario 2031. En términos generales, ello supone que el impuesto pagado por la empresa volvería a poder utilizarse íntegramente como crédito contra los impuestos finales de socios o accionistas.

Este punto es especialmente relevante desde la perspectiva de la planificación tributaria empresarial, dado que puede incidir en la carga efectiva aplicable a retiros, dividendos y estructuras societarias.

3. Repatriación de Capitales en el extranjero: tasa general y reducida

El proyecto contempla un sistema temporal, voluntario y extraordinario para la declaración de bienes o rentas mantenidos fuera de Chile, afecto a un impuesto único y sustitutivo de 10% sobre el valor declarado. El régimen tendría una vigencia de 12 meses.

Adicionalmente, contempla una tasa reducida de 7% para quienes repatríen efectivamente esos bienes dentro de los primeros tres años desde la publicación de la ley y, además, los mantengan invertidos por al menos ocho años en inmuebles DFL2 o en valores acogidos al artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Si los recursos se retiran antes de ese plazo, deberá pagarse la diferencia de impuesto correspondiente.

4. Rebaja transitoria del impuesto a las donaciones

El proyecto establece una rebaja transitoria del impuesto a las donaciones regulado en la Ley N° 16.271. En concreto, durante una ventana de 12 meses, las donaciones pagarían solo el 50% del impuesto determinado conforme a las reglas generales. No obstante, el crédito imputable al futuro impuesto a la herencia se mantendría por el 100% del impuesto calculado.

Junto con ello, la medida exime temporalmente del trámite de insinuación judicial y exige informar la composición del patrimonio del donante mediante declaración jurada ante el Servicio de Impuestos Internos. La minuta agrega, además, que la donación deberá respetar los límites aplicables a legitimarios y asignatarios de la cuarta de mejoras, no pudiendo exceder en ningún caso el 50% del patrimonio.

Desde el punto de vista patrimonial, esta propuesta puede abrir espacios de planificación anticipada, tanto a  nivel personal como de negocios familiares. 

Revisa los principales aspectos de este impuesto aquí.

5. Exención transitoria de IVA en la venta de viviendas nuevas

En materia inmobiliaria, se contempla una exención transitoria y opcional de IVA para la venta de viviendas nuevas por un plazo de 12 meses, aplicable a inmuebles que cuenten con recepción parcial o definitiva al momento de la publicación de la ley. La medida abarcaría tanto promesas celebradas dentro del plazo señalado como compraventas celebradas desde el ingreso del proyecto o mensaje del Ejecutivo al Congreso

El objetivo declarado es facilitar la salida del stock existente y dinamizar el mercado inmobiliario, particularmente en el contexto de reactivación del sector construcción.

6. Crédito tributario para incentivar el empleo formal

El proyecto también propone la creación de un crédito tributario para proteger e incentivar la contratación formal de trabajadores. Este beneficio se aplicaría respecto de remuneraciones entre 7,8 y 12 UTM, alcanzando un 15% en el tramo inferior y disminuyendo progresivamente hasta llegar a 0% sobre las remuneraciones que superen ese límite. El crédito podría imputarse contra los pagos provisionales mensuales, el IVA y el Impuesto de Primera Categoría.

La medida busca reducir el costo de contratación formal y generar liquidez en etapas tempranas del cumplimiento tributario mensual, lo que podría tener efectos relevantes tanto para grandes empresas como para pymes.

7. Exención de contribuciones para adultos mayores

El proyecto contempla liberar del pago de contribuciones a los propietarios mayores de 65 años respecto de su vivienda principal.

Para efectos de esta medida, se entiende por vivienda principal aquella destinada y utilizada preferentemente para la habitación, que constituya la residencia habitual y el asiento principal del propietario.

La exención sólo podrá invocarse respecto de un inmueble por contribuyente, con independencia de cuántas propiedades posea.

8. Otras medidas

Entre otras medidas, se contempla el restablecimiento de la exención para la ganancia de capital bursátil y un nuevo estatuto de inversión extranjera con estabilidad tributaria para inversiones de largo plazo. 

¿Qué significa esto hoy?

Aunque el contenido del proyecto aún puede variar durante su tramitación, ya es posible advertir potenciales efectos en planificación patrimonial, estructuración societaria, inversiones internacionales, carga tributaria empresarial y decisiones de reorganización fiscal.

Por lo mismo, más que una reacción inmediata, lo razonable hoy es monitorear el ingreso formal del proyecto, seguir su discusión legislativa y evaluar anticipadamente los escenarios que podrían abrirse si estas medidas avanzan en los términos actualmente propuestos.

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